Fin del greenwashing: qué cambia con la nueva directiva europea
Desde el 27 de septiembre de 2026, decir que un producto es «sostenible», «verde» o «eco» ya no basta. La Unión Europea exige que cada alegación ambiental se pueda demostrar, y la forma más sólida de hacerlo es con datos concretos y accesibles para el consumidor.
Qué ha cambiado
La Directiva (UE) 2024/825, conocida como Directiva de empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica (EmpCo o ECGT), se aplica en toda la UE desde el 27 de septiembre de 2026, sin periodo transitorio. Modifica la normativa europea de prácticas comerciales desleales y de derechos de los consumidores, y convierte el greenwashing en una práctica desleal sancionable.
Afecta a cualquier empresa que comunique atributos ambientales a consumidores de la UE: en el envase, en la etiqueta, en la web, en redes sociales, en catálogos o en publicidad.
Lo que ya no se puede decir (sin pruebas)
- Alegaciones genéricas. Términos como «respetuoso con el medio ambiente», «ecológico», «verde» o «climáticamente responsable» quedan prohibidos salvo que la empresa demuestre un comportamiento ambiental excelente y reconocido.
- Atribuir al producto entero lo que solo cumple una parte. Si lo que ha mejorado es el envase, no se puede presentar el producto completo como sostenible.
- «Neutro en carbono» gracias a compensaciones. Las alegaciones de neutralidad climática basadas en compensar emisiones fuera de la cadena de valor del producto quedan prohibidas.
- Sellos de sostenibilidad propios. Solo se admiten etiquetas basadas en un sistema de certificación con verificación independiente o creadas por una autoridad pública.
- Promesas de futuro sin plan. Compromisos como «neutros en 2030» deben ir acompañados de un plan de ejecución detallado, realista y supervisado por un tercero independiente.
- Presentar como ventaja lo que exige la ley. Destacar como diferencial algo que es obligatorio para todos los productos de la categoría también se considera engañoso.
¿Y en España?
España debía trasladar la directiva a su legislación antes del 27 de marzo de 2026 a través de la futura Ley de Consumo Sostenible, que a fecha de publicación de este artículo sigue en tramitación. El retraso no protege a las empresas: las autoridades y los tribunales pueden tener en cuenta la directiva al aplicar la normativa vigente sobre prácticas comerciales y competencia desleal.
El régimen sancionador de consumo contempla multas de hasta un millón de euros por infracciones muy graves, o de hasta el 4% de la facturación cuando la infracción afecta a consumidores de varios países de la UE.
El cambio de fondo es sencillo: se pasa de afirmar a demostrar. Y para demostrar hacen falta datos fiables, específicos y fáciles de consultar.
Dónde encaja el Pasaporte Digital de Producto
La directiva exige que las alegaciones sean concretas y verificables. Ahí es donde una etiqueta conectada o un Pasaporte Digital de Producto (DPP) marca la diferencia: cada unidad lleva un QR o una etiqueta NFC que da acceso a la información que respalda lo que la marca comunica.
Qué puede mostrar una etiqueta conectada
- Composición y origen de materiales, con porcentajes reales de contenido reciclado.
- Certificaciones vigentes (por ejemplo, GOTS, FSC o la Etiqueta Ecológica de la UE), enlazadas a su fuente.
- Trazabilidad del producto por lote o por unidad a lo largo de la cadena de suministro.
- Durabilidad, reparación y fin de vida: instrucciones de cuidado, repuestos y cómo reciclarlo.
- Huella o indicadores ambientales calculados con una metodología explícita.
Un matiz importante: la alegación específica debe seguir siendo clara en el propio envase o anuncio. La etiqueta conectada no sustituye esa claridad, sino que la completa con el detalle y las pruebas que no caben en el packaging. Y deja a la marca preparada para el DPP que el Reglamento de Ecodiseño (ESPR) irá exigiendo por categorías de producto.
Con OKO Identity, cada producto tiene una identidad digital única gestionada desde OKOCloud, donde la marca actualiza datos, certificados y documentación sin reimprimir etiquetas.
Cinco pasos para revisar tus alegaciones ambientales
- Haz inventario. Recopila todas las alegaciones ambientales de envases, etiquetas, web, redes, fichas de producto y material comercial.
- Elimina las genéricas. Sustituye «sostenible» o «eco» por datos concretos o retíralos.
- Revisa sellos y compensaciones. Comprueba que cada etiqueta tenga certificación independiente y elimina mensajes de neutralidad basados en compensaciones.
- Documenta las pruebas. Asocia cada alegación a su evidencia: certificado, análisis, dato de proveedor o informe.
- Hazlas accesibles. Conecta esas pruebas al producto con un QR o NFC para que el consumidor, el distribuidor o la autoridad puedan consultarlas.
Convierte tus alegaciones en datos verificables
Te ayudamos a conectar cada producto con la información que demuestra lo que comunicas.
HablemosFuentes
- Directiva (UE) 2024/825, texto oficial en EUR-Lex
- European Outdoor Group: la Comisión actualiza las preguntas y respuestas sobre la directiva (mayo 2026)
- Anthesis: Directiva EmpCo, qué exige y desde cuándo
- Corresponsables: la directiva anti-greenwashing y el retraso de la transposición en España
- Corresponsables: régimen sancionador y alegaciones como «sostenible»
- Cuatrecasas: Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Información actualizada a octubre de 2026.




